viernes, 6 de febrero de 2015

Construir destruyendo: la lógica extraña de un desarrollo urbanístico






"El día en que lo iban a matar, Santiago Nasar se levantó a las 5.30 de la mañana para esperar el buque en que llegaba el obispo. Había soñado que atravesaba un bosque de higuerones donde caía una llovizna tierna, y por un instante fue feliz en el sueño, pero al despertar se sintió por completo salpicado de cagada de pájaros".


El famoso párrafo que inaugura la crónica de García Márquez vino a mi memoria en la mañana en que divisé a lo lejos un zarpazo insólito sobre la vertiente oeste de la colina de La Trinidad. De repente entendí entonces la salpicada premonitoria contra Santiago Nasar. Al igual que él en el momento que le fuera designado, este sitio emblemático para el municipio Mario Briceño Iragorry (tal como es, pongamos por caso, el Calvario para los caraqueños) está siendo destazado. Dicha agresión tiene como justificativo la provisión inmediata de 200.000 m3 de material de relleno para un desarrollo habitacional de la Misión Vivienda a las faldas de la colina, y sobre tierras que, de paso, son de calidad y tradición agrícolas.

Pero digamos que no es este el lugar para recordar sobre la necesidad patente de reducir al máximo la dependencia de las importaciones a fin de satisfacer nuestra demanda de consumo de alimentos. Solo constato que, al respecto, nada ha cambiado en cuanto a la fuerza decisiva (y al parecer inevitable) de la presión urbana. La cuerda suele romperse por lo más delgado: la necesidad de techo para una población que crece sin solución de continuidad (siete mil millones somos ya, grosso modo y desde hace rato, sobre este maltrecho planeta), obliga a correr la arruga del requerimiento perentorio de alimentos, cuya producción a nivel mundial -se viene advirtiendo, y también desde hace rato- no alcanza ya para tantos. ¡A producir en otro lado, y sobre tierras más lejanas, que la ciudad abulta de cintura!: nos hemos acostumbrado (y resignado) a esta realidad tan comprometedora para la seguridad alimentaria, y que en estos tiempos campea todavía con fuerza en Venezuela, ahora por razones imperativas de índole social.

Pero si en esta cuerda del crecimiento urbano desproporcionado las tierras de vocación agrícola se descartan en perjuicio del alimento corporal, ¿qué queda en su delgadez para el patrimonio cultural, sutilísimo alimento del espíritu?      

Sobre el asunto específico de la colina de La Trinidad, puede leerse la entrada a este blog del 20 de agosto de 2011. Esta entrada es la tercera de siete sucesivas agrupadas bajo el título "La Casona de La Trinidad: epicentro patrimonial marobricense", las cuales fueron subidas entre el 26 de marzo y el 13 de abril de 2011 luego del desplome del techo y del muro norte de la casona de La Trinidad (Monumento Histórico Nacional declarado en G.O.V. Nº 34.630, del 8 de enero de 1991), a consecuencia de las explosiones de CAVIM, sobre lo cual informa otra entrada, con fecha 12 de febrero de 2011. Creo en consecuencia que no se hace necesario agregar más argumentos sobre la validez de la colina como parte fundamental de todo el complejo patrimonial que se asienta en ella y que le rodea.

Por su significación cultural intangible este sitio fue expresamente incluido en el Primer Censo del Patrimonio Cultural Venezolano (IPC 2006, pp. 59-60), razón por la cual forma parte del Registro General del Patrimonio Cultural y se encuentra por tanto amparado por la Providencia Administrativa Nº 012/05 (30 de junio de 2005), cuyo artículo 21 reza lo siguiente:

"Toda intervención de los bienes culturales inscritos en el Registro General del Patrimonio Cultural que pudiera afectar los valores que motivaron su inclusión en el mismo, deberá ser previamente autorizado por el Instituto del Patrimonio Cultural [IPC]. Las solicitudes de autorización a ser expedida por el IPC, deberán estar acompañadas del respèctivo proyecto de intervención, elaborado por un profesional debidamente capacitado para ello"...

El artículo 24, dictamina por su parte que:

"A los fines de la protección de los bienes inscritos en el Registro General del Patrimonio Cultural, el IPC podrá tramitar procedimientos administrativos a los fines de determinar la responsabilidad administrativa de los infractores de la Ley de Protección y Defensa del Patrimonio Cultural, en el curso de los cuales podrá dictar las medidas anticipativas que considere necesarias para evitar posibles daños irreparables a los bienes registrados".

La intervención de este bien cultural va además a contrapelo del artículo 99 de la Constitución Nacional, que dice que "los valores de la cultura constituyen un bien irrenunciable del pueblo venezolano y un derecho fundamental que el Estado fomentará y garantizará, procurando las condiciones, instrumentos legales, medios y presupuestos necesarios"...

La agresión que ha venido sufriendo la colina (por comisión o por omisión) representa un fuerte impacto negativo desde el punto de vista simbólico, así como un mensaje poderoso sobre el inconsciente colectivo: el de que en la Constitución parece haber derechos que prevalecen sobre otros dependiendo de las circunstancias.

El artículo 82 de nuestra Carta Magna dice en tanto que "Toda persona tiene derecho a una vivienda adecuada, segura, cómoda, higiénicas, con servicios básicos esenciales que incluyan un hábitat que humanice las relaciones familiares, vecinales y comunitarias"...

Siento que la urgencia con que se realizan las actuaciones de los organismos competentes y sus autoridades para reducir los ingentes problemas de la población tradicionalmente excluida va en detrimento de la planificación y la convivencia de las cosas. Nada más puede explicar esta evidente contradicción constitucional: destruir un bien cultural para construir un bien social. La cosa cultural y la cosa social no tienen por qué someterse a un continuo enfrentamiento excluyente: las dos son fundamentales e imprescindibles, y con voluntad y buen juicio políticos siempre es posible lograr su convivencia. Abogo por tanto por el respeto, la salvaguarda y la conciliación entre ambas.

Espero que se encuentre un equilibrio satisfactorio en la solución de esta preocupante desavenencia antes de que se concrete "el posible daño irreparable sobre el bien registrado" que da sentido al artículo 24 de la ya mencionada Providencia Administrativa Nº 12/05.
 


FUENTES

Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. (1999).

Instituto del Patrimonio Cultural-IPC. (2006). Catálogo del Patrimonio Cultural Venezolano: Región Centro Oriente: Estado Aragua: Municipios Mario Briceño Iragorry y Ocumare de La Costa de Oro: AR 08-18. Caracas: Autor. Disponible:
http://issuu.com/fondoeditorialbolivariano/docs/mario_brice_o_iragorry_-_ocumare_de_la_costa_de_or/4


ACTUALIZACIÓN INFORMATIVA

Cesarini, D. (2017, Enero 25). Cien hectareas de tierras de la EPA declaradas Territorio de Alimentos. El Aragüeño [Versión digital]. Disponible: http://elaragueno.com.ve/region/cien-hectareas-de-tierras-de-la-epa-declaradas-territorio-de-alimentos/
..." Enfatizó el representante de la Reserva Activa en la entidad [general Ramón Viña] que dicho predio está en capacidad de garantizar la producción de proteína animal y vegetal a los habitantes [del municipio] Mariño. Por su parte, Enma Ortega, secretaria agraria de la Gobernación de Aragua, señaló que el ahora Territorio de Alimentos se caracteriza por ser un suelo plano arable bajo riesgo, características que posee sólo el 2 por ciento de las tierras a nivel nacional. Para complementar la información el Mayor Luis Manuel Jatar, presidente nacional de la Fundación Bolivariana de la Reserva Activa, indicó que esta medida responde a un programa nacional que busca reimpulsar la producción (...) Destacó Julio Dorta [¿trabajador de la EPA?] que el ente rector de la Escuela Práctica de Agricultura La Providencia [EPA] es el Inces, instancia que ha referido no tener conocimiento del proyecto que está próximo a iniciarse". (texto extraído de El Aragüeño, 25-01-2015).

2 comentarios:

  1. Toda la razón, me encanta cómo has empezado esta entrada, bravo.
    Saludos

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  2. Gracias, Claudia, por tu amable y apreciado comentario.
    La intervención de la colina fue paralizada y, hasta la fecha, no ha sido reactivada. Hubo reacción importante por parte de habitantes representativos del municipio, con movilizaciones, denuncias y exigencias de acciones legales. Por otro lado se comenta que el material resultó inadecuado para relleno, e incluso que fueron hallados restos óseos en el sitio de excavación (en los alrededores hubo significativa ocupación prehispánica)... Hasta ahora nada claro: ¿qué ha determinado la paralización de esta agresión contra el patrimonio cultural mariobricense? ¿Acaso se reiniciará cualquier día de estos?... ¡Misterio!

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